Es de conocimiento popular los problemas que confrontan las bibliotecas académicas con el acceso a fuentes de información para apoyar los ofrecimientos de la modalidad de educación a distancia. La biblioteca digital, sus colecciones y sus servicios son un órgano vital dentro del sistema de la modalidad a distancia al igual que el diseño instruccional. En el escenario educativo a distancia de habla española hay grandes retos a la hora de desarrollar colecciones y proveer acceso a fuentes de información. Los contenidos en español son escasos y los que están disponibles deber ser utilizados responsablemente.
La mayoría de los países cuentan con legislación para proteger el contenido y promover el uso justo de las obras literarias y científicas, sin embargo el uso de las fuentes de información en los entornos educativos a distancia a menudo es indiscriminado. Muchas instituciones utilizan contenidos disponibles en el web para enriquecer pensando que son de dominio público. Algunos profesores y diseñadores instruccionales desconocen que están quebrantando las leyes de derechos de autor.
Entre la legislación reciente desarrollada en los Estados Unidos encaminada a proteger los contenidos y tecnologías aplicables a los escenarios educativos y modalidades a distancia se destacan el Digital Millenium Act (1998) y el Technology, Education and Copyright Harmonizacion Act (TEACH Act, 2002). El Digital Millenium Act se creó con la intención de prevenir el uso abusivo y la distribución ilegal de recursos informativos a través de las redes. Mientras que el TEACH Act surge para atender los casos del uso de recursos de información en los escenarios de enseñanza en línea. Ambas leyes persiguen promover el uso justo de las fuentes sin embargo éstas legislaciones han representado un reto para la facultad, los estudiantes y las bibliotecas académicas.
El panorama se complica para las instituciones académicas con fines lucrativos, ya que estas instituciones tienen que ser sumamente cuidadosas con el uso de recursos de información para sus necesidades instruccionales. Las instituciones con fines de lucro tienen el inconveniente de que no les aplica el TEACH Act debido a que aplica únicamente a instituciones educativas públicas, acreditadas y sin fines de lucro. En estas circunstancias muchos profesores y bibliotecarios se preguntan:
- ¿Qué pueden hacer para enriquecer los procesos de enseñanza aprendizaje en los cursos en línea sin violar las leyes?
- ¿Qué hacer cuando los recursos necesarios no son de dominio público?
El único camino que pueden tomar las instituciones con fines de lucro es seguir la ordenación de Uso Justo establecida en la sección 107 de la Ley de Derechos de Autor y Propiedad Intelectual (17 U.S.C. 107). Esta sección dispone que la reproducción de un trabajo en fotocopias o en otro medio no constituya una violación a la ley siempre y cuando sea para propósitos educativos, crítica, comentarios e investigación. Carson (2008) explica que las instituciones académicas deben observar cuatro aspectos al utilizar un trabajo:
- El propósito y función del uso que se dará
- La naturaleza del trabajo
- Las porciones a utilizarse
- El valor de la porción utilizada y su efecto en el mercado
Basado en estos aspectos lo recomendable es que las instituciones educativas evalúen cada caso de forma individual considerando lo mencionado anteriormente. De cada uno de estos aspectos esbozados el más complejo es el propósito de uso debido a que en las instituciones con fines de lucro el uso es considerado comercial no importa que la misión institucional sea educativa. A tales efectos es prudente que se solicite permiso antes de proyectar, reproducir o colocar trabajos protegidos por derechos de autor en un curso en línea.
En lo que compete a las bibliotecas de instituciones con fines de lucro éstas se encuentran en desventaja de sus homologas sin fines de lucro, públicas y gubernamentales. En las bibliotecas con fines de lucro las actividades relacionadas al desarrollo de colecciones en particular la creación de reservas electrónicas se encuentran limitadas por no decir prohibidas. Las bases de datos bibliográficas por suscripción son los principales recursos disponibles para la comunidad académica, sin embargo el uso de estas fuentes está ceñido a acuerdos legales y licencias. Por tal razón los estudiantes, facultad y los diseñadores instruccionales deben acatar los acuerdos estipulados en estas licencias para no infringir la ley.
Ante estos retos la responsabilidad de los bibliotecarios de estos entornos es:
- Evaluar minuciosamente las estipulaciones de cada uno de los contratos y acuerdos de uso al momento de suscribir fuentes de información como bases de datos bibliográficas y otros servicios en línea.
- Desarrollar políticas sobre el Uso Justo en las colecciones digitales.
- Orientar a la facultad sobre la necesidad de observar el Uso Justo en sus cursos evitando reproducir o proyectar trabajos en su totalidad.
- Discutir con los diseñadores instruccionales sobre la importancia de solicitar permiso para utilizar recursos y materiales al crear cursos.
- Divulgar a toda la comunidad académica las políticas sobre el Uso Justo de los recursos bibliográficos.
Bibliografía
- Carson, B.D. (2008). Legally speaking – copying and for-profit educational institutions. Against The Grain, 20(1), 57-60.
- Crews, K. D., & Buttler, D. K. (2006). Copyright law for librarians and educators: Creative Strategies and Practical Solutions. American Library Association. Recuperado de http://search.ebscohost.com
- Simpson, C., & Weiser, C. (2008). Copyright for administrators. Linworth Pub. Recuperado de http://search.ebscohost.com
Ana I. Medina Hernández. Bibliotecaria profesional con experiencia en bibliotecas académicas, especializadas y públicas. Graduada de la Escuela de Ciencias y Tecnologías de la Información de la Universidad de Puerto Rico en Rio Piedras. Ha participado con diversas organizaciones profesionales del campo de la bibliotecología puertorriqueña. Áreas de interés: administración de bibliotecas, desarrollo de colecciones electrónicas y uso de la información en bibliotecas digitales.